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Riesgos Técnicos
Coberturas de Riesgos Técnicos
La compañía será responsable por los daños a consecuencia de:
- Incendio, impacto de rayo, explosión, implosión.
- Humo, hollín, gases o líquidos o polvos corrosivos.
- Inundación, acción del agua y humedad, siempre que no provengan de condiciones atmosféricas normales ni del ambiente en que se encuentren los bienes asegurados.
- Corto circuito, azogamiento, arco-voltaico, perturbaciones por campos magnéticos, aislamiento insuficiente, sobretensiones causadas por rayos, tostación de aislamientos.
- Errores de construcción, fallas de montaje, defectos de material.
- Errores de manejo, descuido, impericia, así como los daños malintencionados y dolo de terceros.
- Robo con violencia.
- Granizo, helada, tempestad.
- Hundimiento de terreno, deslizamiento de tierra, caída de rocas, aludes.
- Otros accidentes no excluídos en esta póliza ni en las condiciones especiales a ella adosadas en forma tal que necesitaran reparación o reemplazo.
Exclusiones
- La franquicia estipulada en la parte descriptiva de la póliza, la cual irá a cargo del asegurado en cualquier evento.
- Las pérdidas o daños causados direcata o indirectamente por, o resultantes de terremoto, temblor, golpe de mar o maremoto y erupción volcánica, tifón, ciclón o huracán.
- Pérdidas o daños causados directa o indirectamente por hurto.
- Pérdidas o daños causados por cualquier fallo o defecto existente al inicio de este seguro, que sean conocidos por el Asegurado o por sus representantes, responsables de los bienes asegurados, sin tomar en cuenta que dichos fallos o defectos fueran o no conocidos por la Compañía.
- Las pérdidas o daños caudasdos directa o indirectamente por fallo o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctica de la red pública, de gas o agua.
- Pérdidas o daños que sean consecuencia directa del funcionamiento continuo (desgaste, cavitación, erosión, corrosión, incrustaciones) o deterioro gradual a condiciones atmosféricas.
- Cualquier gasto incurrido con el objeto de eliminar fallos operacionales, a menos que dichos fallos fueran causados por pérdida o daño indemnizable ocurrido a los bienes asegurados.
- Cualquier gasto erogado al mantenimiento de los bienes asegurados.
- Pérdidas o daños cuya responsabilidad recaiga en el fabricante o el proveedor de los bienes asegurados ya sea legal o contractualmente.
- Pérdidas o daños a equipos arrendados o alquilados, cuando la responsabilidad recaiga en el propietario, ya sea legalmente o según convenio de arrendamiento y/o mantenimiento.
- Pérdidas o responsabilidades consecuenciales de cualquier tipo.
- Pérdidas o daños a partes desgastables, tales como bulbols, válvulas, tubos, bandas, fusibles, sellos, cintas, alambres, cadenas, neumáticos, herramientas recambiables, rodillos grabados, objetos de vidrio, porcelanda o cerámica o cualquier medio de operación (por ejemplo: lubricantes, combustibles, agentes químicos).
- Defectos estéticos, tales como raspaduras de superficie pintadas, pulidas o barnizadas.
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